Congelan las cuotas de créditos hipotecarios hasta el 30 de septiembre
Las cuotas hipotecarias se congelan al valor de marzo y se suspenden las ejecuciones de inmuebles para vivienda única y de préstamos prendarios UVA

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Mediante los decretos de Necesidad y Urgencia (DNU) 319 y 320, el gobierno dispuso la suspensión de los desalojos por falta de pago de alquileres y el congelamiento del valor de las cuotas de créditos hipotecarios hasta el 30 de septiembre.
En cuanto a los créditos hipotecarios, se congelan hasta el 30 de septiembre:
- El valor de las cuotas sobre inmuebles destinados a vivienda única, a valor del mes de marzo
- El valor de las cuotas de los créditos prendarios UVA
- Se suspenden las ejecuciones hipotecarias sobre inmuebles destinados a vivienda única
- Se suspenden las ejecuciones prendarias respecto de créditos prendarios UVA
- Las deudas por diferencia de monto, entre lo que se debería haber pagado y lo que se pague a causa del congelamiento, se abonará, a partir de octubre, en 3 cuotas sin interés.
- Las deudas que se produzcan por falta de pago, se abonarán, a partir de octubre, en 3 cuotas, solo con intereses compensatorios, sin penalidades.
El decreto que congela el valor de las cuotas de créditos hipotecarios establece en su artículo 2 que la cuota vigente en adelante será la vigente al mes de marzo y que el mismo congelamiento se aplicará también “a las cuotas mensuales de los créditos prendarios actualizados por Unidad de Valor Adquisitivo (UVA)”.
En cuanto a ejecuciones, el artículo 3 las suspende, también hasta el 30 de septiembre, sean éstas “hipotecarias, judiciales o extrajudiciales” y establece que la medida alcanza también “a los lanzamientos ya ordenados”, es decir a procesos de ejecución “que no se hubieren realizado” a la fecha de entrada en vigencia del decreto.
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